¿Quién tiene derecho a la renta mínima vital?

Tienen derecho a solicitar la Renta Mínima Vital las personas mayores de 23 años que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y social. Además, deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber residido legalmente en España al menos durante un año antes de la solicitud.
  • Que todos los miembros de la unidad de convivencia estén empadronados en el mismo domicilio.
  • No tener derecho a otras prestaciones o ayudas suficientes para cubrir las necesidades básicas de la unidad de convivencia.
  • Que la unidad de convivencia tenga unos ingresos anuales inferiores a una determinada cantidad establecida en la normativa.

La cantidad que se percibe como Renta Mínima Vital varía según las circunstancias de cada caso y se calcula en función de los ingresos y las cargas familiares de la unidad de convivencia. Además, esta ayuda puede ser complementada con otras ayudas sociales y programas de inserción laboral para mejorar la situación económica y social de los beneficiarios.

¿Qué ingresos se tienen en cuenta para el Ingreso Mínimo Vital? 

Se considera unidad de convivencia a aquellas personas que viven bajo el mismo techo y comparten gastos.

Los ingresos que se tienen en cuenta para el cálculo del IMV incluyen los siguientes:

  • Ingresos laborales: Se tienen en cuenta los ingresos por trabajo, tanto los regulares como los esporádicos o eventuales, siempre y cuando se puedan acreditar mediante nóminas o certificados de empresa.
  • Ingresos de capital: Se incluyen los intereses o dividendos obtenidos de cuentas bancarias, acciones, bonos, etc.
  • Pensiones y prestaciones contributivas: Se tienen en cuenta las pensiones y prestaciones contributivas recibidas por los miembros de la unidad de convivencia, como la pensión de jubilación, la pensión de viudedad o la prestación por desempleo.
  • Prestaciones no contributivas: Se incluyen prestaciones como la ayuda por hijo a cargo o la prestación por cuidados en el entorno familiar.
  • Ingresos por alquileres: Se incluyen los ingresos obtenidos por el alquiler de inmuebles propiedad de los miembros de la unidad de convivencia.
  • Otros ingresos: Se incluyen cualquier otro tipo de ingreso que pueda percibir la unidad de convivencia, como ayudas de familiares, amigos o vecinos.

En función de los ingresos obtenidos por la unidad de convivencia, se establecerá la cuantía del Ingreso Mínimo Vital al que se tiene derecho.

¿Cuánto tiempo dura el Ingreso Mínimo Vital? 

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se concede por un período máximo de 12 meses, renovable si se cumplen los requisitos y se solicita de nuevo. Sin embargo, esta ayuda puede ser prorrogada excepcionalmente por 6 meses adicionales si se mantienen las circunstancias que dieron lugar a su concesión.

Además, cabe destacar que el IMV no tiene carácter retroactivo, es decir, que se concederá desde el mes siguiente al de la solicitud, siempre y cuando se cumplan los requisitos en ese momento.

¿Qué pasa con el IMV si empiezo a trabajar? 

Si una persona que está recibiendo el Ingreso Mínimo Vital (IMV) comienza a trabajar, el IMV no se suspende automáticamente, sino que se irá reduciendo progresivamente en función de los ingresos obtenidos por el trabajo.

Es decir, si la persona comienza a trabajar y percibe un salario, se le aplicará un porcentaje de reducción sobre el IMV en función del salario que perciba. Este porcentaje de reducción dependerá de la cuantía del IMV que se esté percibiendo y del salario que se esté recibiendo por el trabajo. En general, a medida que los ingresos por trabajo aumentan, el porcentaje de reducción del IMV será mayor.

Además, la persona que está recibiendo el IMV tiene la obligación de comunicar a la administración pública competente cualquier cambio en su situación económica o personal, incluyendo el inicio de una actividad laboral. En caso de no hacerlo, podría enfrentarse a sanciones y a la obligación de devolver las cantidades percibidas indebidamente.

¿Por qué razones te quitan el Ingreso Mínimo Vital? 

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) puede ser retirado por diferentes motivos, tales como:

  • Incumplimiento de los requisitos: Si la persona que ha solicitado el IMV deja de cumplir con alguno de los requisitos establecidos para su concesión, como por ejemplo, el límite de ingresos o el requisito de residencia, la ayuda puede ser retirada.
  • Cambios en la situación económica o personal: Si la persona que recibe el IMV experimenta un cambio en su situación económica o personal que afecta a su derecho a la ayuda, como el inicio de una actividad laboral, la percepción de una pensión contributiva o la convivencia con una persona que tiene ingresos elevados, la ayuda puede ser retirada o reducida.
  • Falta de colaboración con la administración: Si la persona no colabora con la administración en el seguimiento y evaluación de su situación personal y laboral, o no comunica los cambios en su situación económica o personal, puede ser sancionada y perder el derecho a la ayuda.
  • Obtención de la ayuda de forma fraudulenta: Si se comprueba que la persona ha obtenido la ayuda de forma fraudulenta, falseando información o documentos, puede ser sancionada y obligada a devolver las cantidades percibidas.

¿Cuándo se puede volver a solicitar el Ingreso Mínimo Vital? 

Una persona que ha perdido el derecho al Ingreso Mínimo Vital (IMV) puede volver a solicitarlo siempre y cuando cumpla de nuevo los requisitos establecidos para su concesión.

Es decir, si la causa de la pérdida del IMV ha sido temporal, como por ejemplo, el inicio de una actividad laboral que no supera los límites establecidos, la persona puede volver a solicitar la ayuda una vez que se cumplan de nuevo los requisitos. En este caso, se tendrá en cuenta el nuevo período de 12 meses para el cálculo de la ayuda.

Si la causa de la pérdida del IMV ha sido definitiva, como por ejemplo, la obtención de la ayuda de forma fraudulenta, la persona no podrá volver a solicitarla.
 

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